En caso de accidente, ¿quién paga el vehículo de sustitución?
Ya no habrá que acreditar la necesidad de utilizar el coche, por ejemplo, para ir a trabajar para poder disponer de un coche de sustitución el tiempo necesario mientras el vehículo principal del afectado está en el taller.
Así lo ha resuelto una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. En caso de que haya un accidente, la aseguradora del causante del siniestro deberá correr con los gastos. Esto siempre ha sido así, pero a partir de ahora, el perjudicado ya no necesita acreditar la necesidad de usar el coche de sustitución. La Audiencia determinó en su fallo que simplemente el hecho de tener un vehículo en propiedad indicaba la necesidad de usarlo.
La aseguradora no podrá reclamar una demostración adicional de la necesidad de uso del coche y tendrá que correr con todos los gastos de alquiler del coche de sustitución el tiempo que sea necesario. Eso sí, si el índice de siniestralidad aumenta, la compañía puede optar por aumentar el precio de la póliza.
Dos son las situaciones más comunes en las que se pueden solicitar los coches de sustitución. La primera es el caso contado anteriormente: cuando se sufre un accidente de tráfico y el coche del afectado debe ir al taller. La aseguradora del causante debe proporcionar el coche, un servicio presente en la mayoría de tipos de seguros existentes en el mercado.
Por otro lado, en caso de sufrir un accidente o una avería puedes solicitar un coche de sustitución si este servicio se incluye en tu póliza del seguro, normalmente en el ‘todo riesgo’. Los únicos supuestos que quedan excluidos son los accidentes no contemplados en nuestra póliza como situaciones de asistencia: que el conductor sea menor de 25 años, que tenga menos de dos años de antigüedad en el carnet o que haya dado positivo en el test de alcohol y drogas.