Fase 1: ¿para qué se puede utilizar el vehículo privado?
Poco a poco se van abriendo más posibilidades y supuestos en los que se puede utilizar el vehículo privado en los desplazamientos cotidianos. Las diferentes fases de la desescalada para alcanzar la nueva normalidad introducen cambios en las restricciones que imperaban hasta ahora en todos los aspectos de la vida diaria, incluida la movilidad.
Para aquellas provincias que hayan entrado en la Fase 1, los supuestos para los que se puede utilizar el vehículo privado dejan de estar tan limitados. Así, además para de las actividades esenciales ya recogidas en el primer Real Decreto que reguló el estado de alarma (como ir a trabajar, al médico o a la compra) el coche particular o la moto pueden utilizarse para realizar el resto de movimientos permitidos.
Entre ellos, está contemplado en esta Fase el desplazamiento por la misma provincia o núcleo de residencia así como el traslado a una segunda residencia siempre y cuando esté dentro de esta misma provincia. Para acudir a velatorios, a reuniones familiares o con amigos (siempre menos de diez personas) y a lugares de culto también está permitido usar el coche.
Los desplazamientos a cualquier otra parte del territorio nacional todavía están restringidos pero permitidos en caso de que sean “por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza».
El mayor cambio que llegará con la implementación de la Fase 2 estará referido, sobre todo, a la posibilidad de apertura de establecimientos y negocios y al aumento del límite en los aforos. Al estar permitida de nuevo la caza y la pesca deportivas, el vehículo privado podrá utilizarse para desplazarse, siempre y cuando el trayecto se realice dentro de la misma provincia.
Para aquellas personas que residen en una provincia que todavía permanezca en la Fase 0, los desplazamientos aprobados para realizar con el coche son los previstos inicialmente por el BOE que decretó el estado de alarma: